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2010-09-06 18:12

Reformas al Estatuto


APROBACIÓN DE REFORMAS AL ESTATUTO

Las corporaciones y fundaciones deben obtener del Ministerio la aprobación de las reformas del Estatuto.

REQUISITOS
En un solo expediente adjuntar los siguientes documentos:

1. Tratándose de la aprobación de reformas al estatuto de una Corporaciones de primer grado:

* Solicitud dirigida a la señora Ministra de Inclusión Económica y Social, firmada por el representante legal y su abogado patrocinador. •Convocatoria (original o notariada) de la Asamblea firmada por el representante legal para la aprobación de las reformas al estatuto, en la que conste fecha, hora, lugar y orden del día.
* Acta (original o notariada), o actas de la Asamblea (según diga el Estatuto), firmada por el Presidente y por el Secretario, en que se resolvió aprobar las reformas el Estatuto, con los nombres, números de documento de identidad y firma de los miembros presentes.
* Dos ejemplares originales del proyecto de Estatuto debidamente codificado, que deberá incluir la certificación del Secretario, en la que se indique con exactitud la fecha de aprobación de las reformas.
* Una lista de las reformas al Estatuto.

2. Tratándose de la aprobación de reformas al estatuto de Corporaciones de segundo y tercer grado, a más de lo anterior:

* Documento original de designación de los delegados de la filial a la Asamblea.
* Copia del registro de la directiva en funciones de la filial que asistió a la Asamblea, y el documento que acredite al representante legal, certificadas por el Secretario de dicha Organización

3.Tratándose de la aprobación de reformas del Estatuto de una Fundación integrada con personas jurídicas, a más de lo establecido para las Corporaciones:

* Copia del registro de la directiva en funciones de la persona jurídica que es socia de la Fundación, y el documento que acredite al representante legal, certificadas por el Secretario de la misma.

INFORMACION ADICIONAL

* Copia del registro de la directiva en funciones de la Corporación o Fundación, según sea el caso.
* Copia del registro de socios de la Corporación o Fundación.
* Copia del registro en el MIES de las filiales de la Corporación de Integración.
* Copia de la parte pertinente del Estatuto vigente, referente a la reforma del Estatuto.

TIEMPO DE TRAMITE

15 días laborales, siempre y cuando la documentación esté completa.

Para el seguimiento de la petición es necesario hacerlo con el número del trámite que se le asigna en ventanilla.