REGISTRO DE CAMBIO DE DIRECTIVA DE PRIMER GRADO
Requisitos
Las corporaciones de primer grado como Asociaciones, clubes, comités, colegios profesionales, centros, etc., deben solicitar al Ministerio el registro del cambio de directiva.
REQUISITOS
En un solo expediente acompañar los siguientes documentos:
1. Solicitud dirigida a la señora Ministra de Inclusión Económica y Social, firmada por el representante legal.
2. Convocatoria (original o notariada) de la Asamblea firmada por el representante legal, en la cual expresamente conste la elección de la directiva, con señalamiento de fecha, hora, lugar y orden del día.
3. Copia certificada por el secretario del Acta de la Asamblea en que se eligió la Directiva, debidamente firmada por el presidente y el secretario, la misma que deberá contener:
* Nómina completa de la Directiva electa conforme determina el estatuto, con nombres y apellidos completos, y dignidad que ostenta.
* Nombres y firmas de socios asistentes a esa Asamblea, registrados en el Ministerio.
INSTRUCCIONES
* En la Asamblea participan los socios que se hallen debidamente registrados en el Ministerio.
* La directiva estará integrada únicamente con las dignidades que constan en el Estatuto.
* La directiva se elegirá en la forma y para el período indicado en el Estatuto.
* Si la Organización no ha registrado su directiva anterior en el Ministerio, el presidente entrante manifestará en su solicitud sobre la verdad de este hecho
TIEMPO DE TRAMITE
15 días laborables, siempre y cuando la documentación esta completa.
Para el seguimiento de la petición es necesario hacerlo con el número del trámite que se le asigna en ventanilla.
REQUISITOS
En un solo expediente acompañar los siguientes documentos:
1. Solicitud dirigida a la señora Ministra de Inclusión Económica y Social, firmada por el representante legal.
2. Convocatoria (original o notariada) de la Asamblea firmada por el representante legal, en la cual expresamente conste la elección de la directiva, con señalamiento de fecha, hora, lugar y orden del día.
3. Copia certificada por el secretario del Acta de la Asamblea en que se eligió la Directiva, debidamente firmada por el presidente y el secretario, la misma que deberá contener:
* Nómina completa de la Directiva electa conforme determina el estatuto, con nombres y apellidos completos, y dignidad que ostenta.
* Nombres y firmas de socios asistentes a esa Asamblea, registrados en el Ministerio.
INSTRUCCIONES
* En la Asamblea participan los socios que se hallen debidamente registrados en el Ministerio.
* La directiva estará integrada únicamente con las dignidades que constan en el Estatuto.
* La directiva se elegirá en la forma y para el período indicado en el Estatuto.
* Si la Organización no ha registrado su directiva anterior en el Ministerio, el presidente entrante manifestará en su solicitud sobre la verdad de este hecho
TIEMPO DE TRAMITE
15 días laborables, siempre y cuando la documentación esta completa.
Para el seguimiento de la petición es necesario hacerlo con el número del trámite que se le asigna en ventanilla.
REGISTRO DE CAMBIO DE DIRECTIVA DE SEGUNDO Y TERCER GRADO
Requisitos
Las corporaciones de segundo y tercer grado deben solicitar al Ministerio el registro del cambio de directiva.
- Corporaciones de segundo grado: organismos de integración parroquial, cantonal, provincial y regional, denominados federaciones, cámaras o uniones, que agrupan a las de primer grado o personas jurídicas.
- Corporaciones de tercer grado: organismos de integración nacional denominados confederaciones, uniones nacionales u organizaciones similares, que agrupan a las de segundo grado.
REQUISITOS
En un solo expediente acompañar los siguientes documentos:
1. Solicitud dirigida a la señora Ministra de Inclusión Económica y Social, firmada por el representante legal.
2. Convocatoria (original o notariada) de la Asamblea firmada por el representante legal en la cual expresamente conste la elección de la directiva, con señalamiento de fecha, hora, lugar y orden del día.
3. Copia certificada por el secretario del Acta de la Asamblea en que se eligió la Directiva, debidamente firmada por el presidente y el secretario, la misma que deberá contener:
* Nómina completa de la Directiva electa conforme determina el estatuto, con nombres y apellidos completos, y dignidad que ostenta.
* Nombres y firmas de los delegados asistentes acreditados por las filiales registradas en el Ministerio.
4. Copia de la carta de designación de los delegados de la filial a la Asamblea.
5. Copia certificada del registro de la directiva en funciones de la filial que asistió a la Asamblea.
INSTRUCCIONES
* En la Asamblea participan los socios que se hallen debidamente registrados en el Ministerio.
* La directiva estará integrada únicamente con las dignidades que constan en el Estatuto.
* La directiva se elegirá en la forma y para el período indicado en el Estatuto.
* Si la Organización no ha registrado su directiva anterior en el Ministerio, el presidente entrante manifestará en su solicitud sobre la verdad de este hecho.
TIEMPO DE TRÁMITE
TIEMPO DE TRÁMITE: 15 días laborales, siempre y cuando la documentación esté completa.
Para el seguimiento de la petición es necesario hacerlo con el número del trámite que se le asigna en ventanilla.
- Corporaciones de segundo grado: organismos de integración parroquial, cantonal, provincial y regional, denominados federaciones, cámaras o uniones, que agrupan a las de primer grado o personas jurídicas.
- Corporaciones de tercer grado: organismos de integración nacional denominados confederaciones, uniones nacionales u organizaciones similares, que agrupan a las de segundo grado.
REQUISITOS
En un solo expediente acompañar los siguientes documentos:
1. Solicitud dirigida a la señora Ministra de Inclusión Económica y Social, firmada por el representante legal.
2. Convocatoria (original o notariada) de la Asamblea firmada por el representante legal en la cual expresamente conste la elección de la directiva, con señalamiento de fecha, hora, lugar y orden del día.
3. Copia certificada por el secretario del Acta de la Asamblea en que se eligió la Directiva, debidamente firmada por el presidente y el secretario, la misma que deberá contener:
* Nómina completa de la Directiva electa conforme determina el estatuto, con nombres y apellidos completos, y dignidad que ostenta.
* Nombres y firmas de los delegados asistentes acreditados por las filiales registradas en el Ministerio.
4. Copia de la carta de designación de los delegados de la filial a la Asamblea.
5. Copia certificada del registro de la directiva en funciones de la filial que asistió a la Asamblea.
INSTRUCCIONES
* En la Asamblea participan los socios que se hallen debidamente registrados en el Ministerio.
* La directiva estará integrada únicamente con las dignidades que constan en el Estatuto.
* La directiva se elegirá en la forma y para el período indicado en el Estatuto.
* Si la Organización no ha registrado su directiva anterior en el Ministerio, el presidente entrante manifestará en su solicitud sobre la verdad de este hecho.
TIEMPO DE TRÁMITE
TIEMPO DE TRÁMITE: 15 días laborales, siempre y cuando la documentación esté completa.
Para el seguimiento de la petición es necesario hacerlo con el número del trámite que se le asigna en ventanilla.














