INSTITUTOS

manual-22

VIDEOS


presidencia.jpg
marca red

snii

cnna

manual-2

VISITAS

mod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_counter
mod_vvisit_counterHoy2739
mod_vvisit_counterAyer2076
mod_vvisit_counterEsta semana4815
mod_vvisit_counterEste mes15410
mod_vvisit_counterTodas754772

2010-09-06 18:22

Corporaciones Comite Promejoras Asociaciones


APROBACIÓN DEL ESTATUTO SOCIAL DE SEGUNDO Y TERCER GRADO

Para la constitución de los organismos de integración se requiere UN MÍNIMO DE CINCO MIEMBROS (filiales) con capacidad jurídica para contratar.

Naturaleza jurídica de las corporaciones de 2do. y 3er. Grado

- Son corporaciones de segundo grado los organismos de integración parroquial, cantonal, provincial y regional, denominados federaciones, cámaras o uniones, que agrupan a las de primer grado o personas jurídicas.

- Son corporaciones de tercer grado los organismos de integración nacional denominados confederaciones, uniones nacionales u organizaciones similares, que agrupan a las de segundo grado.

* Las federaciones y confederaciones agruparán organismos de base de similar naturaleza;

* Las uniones agruparán organizaciones de base con fines análogos.

REQUISITOS
En un solo expediente adjuntar los siguientes documentos:
1. Solicitud dirigida a la señora Ministra de Inclusión Económica y Social, firmada por el miembro fundador delegado y su abogado patrocinador.
2. Dos ejemplares (originales o notariadas) del Acta de la Asamblea Constitutiva de la organización en formación, debidamente firmada por el Presidente y por el Secretario provisionales, que deberá contener lo siguiente:

* La voluntad de las organizaciones filiales de constituir la misma.
* La nómina de la directiva provisional.
* Los nombres y apellidos completos, número de documentos de identidad y las respectivas firmas de los delegados asistentes debidamente acreditados.
* Indicación del lugar en que la entidad en formación tendrá su sede, con las siguientes referencias: Calle, parroquia, cantón, provincia, número de teléfono, fax, correo electrónico y casilla postal en caso de tenerlos.

3.Dos ejemplares originales del estatuto social que deberá incluir la certificación del secretario, en la que se indique con exactitud la o las fechas de estudio o aprobación del mismo.

4.Acreditar un patrimonio mínimo de USD 4.000,00 (cuatro mil dólares) en una cuenta de integración de capital, a nombre de la organización.

5. Acta de la Asamblea General (u órgano competente) de cada filial, certificada por el Secretario, en la que conste: a) la voluntad de constituir la organización de integración, los nombres completos, números de documentos de identidad y firmas respectivas de los socios asistentes; y, b) la designación de los delegados.

6. Copia certificada del registro de la directiva en funciones de la filial, o el documento que acredite al representante legal .

7. Copia certificada del acuerdo ministerial o instrumento legal que concede personería jurídica de la organización filial, y de existir, la última reforma del estatuto, legalmente aprobada.

8. Un cuadro con la nómina de las filiales fundadoras y dirección de las sedes.

9. El nombre de la organización no podrá ser igual a la de otra que se encuentre legalmente constituida, ni contener referencias políticas o contrarias a la Ley.

TIEMPO DE TRÁMITE
15 días laborales, siempre y cuando la documentación esté completa.

Para el seguimiento de la petición es necesario hacerlo con el número del trámite que se le asigna en ventanilla.

Cuando el número de miembros exceda de diez, adjuntar en un medio magnético, una hoja de cálculo o Excel distribuida en dos celdas, con los siguientes datos y en este orden: En la primera celda: Razón social; y, en la segunda celda: Identificación y número del instrumento a través del cual se otorgó personalidad jurídica.

Ejemplo:

Razón Social Identificación/ No. Instrumento
   
   
 

APROBACIÓN DEL ESTATUTO SOCIAL DE UNA CORPORACION de Primer grado Asociaciones

Son corporaciones de primer grado aquellas que agrupan a personas naturales con UN MÍNIMO DE CINCO MIEMBROS FUNDADORES con un fin delimitado, tales como: Asociaciones, clubes, Comités, colegios profesionales y centros.

Naturaleza jurídica de las corporaciones de 1er. Grado: Asociación Promueven o buscan el bien común de sus asociados.

Las asociaciones son organizaciones no vecinales cuyos miembros desarrollan una actividad en común.

REQUISITOS
En un solo expediente adjuntar los siguientes documentos:
1. Solicitud dirigida a la señora Ministra de Inclusión Económica y Social, firmada por el miembro fundador delegado y su abogado patrocinador.

2. Dos ejemplares (originales o notariadas) del Acta de la Asamblea Constitutiva de la Organización en formación, debidamente firmada por el Presidente y por el Secretario provisionales, que deberá contener lo siguiente:

* La voluntad de los miembros de constituir la Asociación.
* La nómina de la directiva provisional.
* Los nombres y apellidos completos de los miembros fundadores, número de documentos de identidad, domicilio y las respectivas firmas.
* Indicación del lugar en que la entidad en formación tendrá su sede, con las siguientes referencias: Calle, parroquia, cantón, provincia, número de teléfono, fax, correo electrónico y casilla postal en caso de tenerlos.

3.Dos ejemplares originales del Estatuto que deberá incluir la certificación del secretario provisional, en la que se indique con exactitud la o las fechas de estudio o aprobación del mismo.

4.Acreditar un patrimonio mínimo de USD 400,00 (cuatrocientos dólares) en una cuenta de integración de capital, a nombre de la Organización.
5. Copia de la cédula de ciudadanía (o pasaporte) y de la papeleta de votación.
6. El nombre de la organización no podrá ser igual a la de otra que se encuentre legalmente constituida, ni contener referencias políticas o contrarias a la Ley.

TIEMPO DE TRÁMITE
15 días laborales, siempre y cuando la documentación esté completa.

Para el seguimiento de la petición es necesario hacerlo con el número del trámite que se le asigna en ventanilla.

Cuando el número de miembros exceda de diez, adjuntar en un medio magnético, una hoja de cálculo o Excel distribuida en dos celdas, con los siguientes datos y en orden alfabético: En la primera celda: Apellidos y nombres; y, en la segunda celda: El número de la cédula de identidad.

Ejemplo:

Apellidos y Nombres No. Cédula de Identidad
Pérez Maldonado Rodolfo Augusto 0942582541
Sucre Calderón José Antonio 0987654321
 

APROBACIÓN DEL ESTATUTO SOCIAL DE UNA CORPORACION de Primer grado Comité Promejoras

Son corporaciones de primer grado aquellas que agrupan a personas naturales con UN MÍNIMO DE CINCO MIEMBROS FUNDADORES, que tienen un fin delimitado, tales como: Asociaciones, clubes, Comités, colegios profesionales, centros, etc.

Naturaleza jurídica de las corporaciones de 1er. Grado: Comité pro-mejoras
Promueven o buscan el bien común de un barrio determinado. (No están para promover programas de vivienda ni lotizaciones)
En cada barrio se reconocerá un solo Comité pro-mejoras.

REQUISITOS
En un solo expediente adjuntar los siguientes documentos:
1. Solicitud dirigida a la señora Ministra de Inclusión Económica y Social, firmada por el miembro fundador delegado y su abogado patrocinador.

2. Dos ejemplares (originales o notariadas) del Acta de la Asamblea Constitutiva de la Organización en formación, debidamente firmada por el Presidente y por el Secretario provisionales, que deberá contener lo siguiente:

* La voluntad de los miembros de constituir el Comité Pro-mejoras.
* La nómina de la directiva provisional.
* Los nombres y apellidos completos de los miembros fundadores, número de documentos de identidad, domicilio y las respectivas firmas (Se puede aceptar que la información del domicilio conste en un cuadro aparte)
* Indicación del lugar en que la entidad en formación tendrá su sede, con las siguientes referencias: Calle, parroquia, cantón, provincia, número de teléfono, fax, correo electrónico y casilla postal en caso de tenerlos.
* Una declaración en el acta constitutiva de que los socios fundadores viven de manera permanente en el barrio donde se va a constituir el referido Comité, que no hay otro Comité pro-mejoras ni cooperativa de vivienda alguna en dicho sector (De no constar dentro del acta, presentar mediante una declaración juramentada).

3.Dos ejemplares originales del Estatuto que deberá incluir la certificación del secretario provisional, en la que se indique con exactitud la o las fechas de estudio o aprobación del mismo.

4.Acreditar un patrimonio mínimo de USD 400,00 (cuatrocientos dólares) en una cuenta de integración de capital, a nombre de la Organización.
5. Copia de la cédula de ciudadanía (o pasaporte) y de la papeleta de votación.
6. El nombre de la organización no podrá ser igual a la de otra que se encuentre legalmente constituida, ni contener referencias políticas o contrarias a la Ley.

TIEMPO DE TRÁMITE

15 días laborales, siempre y cuando la documentación esté completa.

Para el seguimiento de la petición es necesario hacerlo con el número del trámite que se le asigna en ventanilla.

Cuando el número de miembros exceda de diez, adjuntar en un medio magnético, una hoja de cálculo o Excel distribuida en dos celdas, con los siguientes datos y en orden alfabético: En la primera celda: Apellidos y nombres; y, en la segunda celda: El número de la cédula de identidad.

Ejemplo:

Apellidos y Nombres No. Cédula de Identidad
Pérez Maldonado Rodolfo Augusto 0942582541
Sucre Calderón José Antonio 0987654321