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Que el artículo 81 de la Constitución Política de la República garantiza el derecho a acceder a las fuentes de información, como mecanismo para ejercer la participación democrática respecto del manejo de la cosa pública y la rendición de cuentas a la que están sujetos todos los funcionarios del Estado y demás entidades obligadas por esta Ley;
Que es necesario hacer efectivo el principio de publicidad de los actos, contratos y gestiones de las instituciones del Estado y de aquellas financiadas con recursos públicos o que por su naturaleza sean de interés público;
Que la misma norma constitucional establece que no existirá reserva respecto de informaciones que reposen en archivos públicos, excepto de aquellas que por seguridad nacional no deben ser dadas a conocer;
Que la libertad de información está reconocida tanto en el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, como en el artículo 13 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos; y, En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, expide la siguiente:
LEY ORGANICA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA
Articulo. No. 7: Difusión de la Información Pública
Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley se la considera de naturaleza obligatoria:
a) Estructura orgánica funcional, base legal que la rige, regulaciones y procedimientos internos aplicables a la entidad; las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos;
- Estructura Orgánica MIES 05/11/08
- Leyes y Reglamentos
- Acuerdos Ministeriales 2009
- Acuerdos Ministeriales 2010
- Resoluciones 2010

- Metas y Objetivos
b) El directorio completo de la institución, así como su distributivo de personal; Directorio Quito Directorio Regional Distributivo de Personal.
-

Directorio Telefónico 
Distributivo de Personal
c) La remuneración mensual por puesto y todo ingreso adicional, incluso el sistema de compensación, según lo establezcan las disposiciones correspondientes.
- Remuneración mensual por puesto
- Escala Salarial última fecha de actualización 02-2010
- Ingresos Adicionales y compensaciones: El Ministerio de Inclusión Economica y Social no cuenta con ingresos adicionales y compensaciones, solo cuenta con la remuneración mensual.
d) Los servicios que ofrece y las formas de acceder a ellos, horarios de atención y demás indicaciones necesarias, para que la ciudadanía pueda ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones.
e) Texto íntegro de todos los contratos colectivos vigentes en la institución, así como sus anexos y reformas.
- No aplica. El Personal del MIES está sujeto a la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa (LOSSCA) y a la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio Nacional.
f) Se publicarán los formularios o formatos de solicitudes que se requieran para los trámites inherentes a su campo de acción.
g) Información total sobre el presupuesto anual que administra la institución, especificando ingresos, gastos, financiamiento y resultados operativos de conformidad con los clasificadores presupuestales, así como liquidación del presupuesto, especificando destinatarios de la entrega de recursos públicos.
h) Los resultados de las auditorías internas y gubernamentales al ejercicio presupuestal.
i) Información completa y detallada sobre los procesos precontractuales, contractuales, de adjudicación y liquidación, de las contrataciones de obras, adquisición de bienes, prestación de servicios, arrendamientos mercantiles, etc., celebrados por la institución con personas naturales o jurídicas, incluidos concesiones, permisos o autorizaciones.
- Contratos adjudicados
- Listado de Proveedores Portal de Compras Públicas
- Requisitos para calificarse en el Registro Unico de Proveedores del MIC
- Portal de Compras Públicas
- Intructivo para consultar Procesos de Contratación del MIES
j) Listado de las empresas y personas que han incumplido contratos con dicha institución.
- La Contraloría General del Estado mediante Acuerdo Nº 018-CG de 18 de agosto de 2008, remite al Instituto Nacional de Contratación Pública la información relacionada con el:
- Registro de Contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos Portal de Compras Públicas
- Empresas y Personas que han incumplido Contratos en el MIES
k) Planes y programas de la institución en ejecución.
- Convenios y Contratos generales suscritos por el MIES
- Proyectos Dirección Nacional de la Juventud
- Proyectos Recursos Humanos
- Proyectos Gerontológicos
- Plan Operativo Anual
- Adecuaciones
l) El detalle de los contratos de crédito externos o internos; se señalará la fuente de los fondos con los que se pagarán esos créditos. Cuando se trate de préstamos o contratos de financiamiento, se hará constar, como lo prevé la Ley Orgánica de Administración Financiera y Control, la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y la Ley Orgánica de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, las operaciones y contratos de crédito, los montos, plazo, costos financieros o tipos de interés.
- No aplica. El presupuesto del Ministerio de Inclusión Económica MIES se financia exclusivamente con recursos fiscales.
m) Mecanismos de rendición de cuentas a la ciudadanía, tales como metas e informes de gestión e indicadores de desempeño.
- Rendición de Cuentas Enero a Junio 2007
- Rendición de Cuentas Enero a Diciembre 2007
- Sigob Pasos para consultar las metas del MIES en el Sigob
- Avances de la Agenda Social Enero a Julio del 2008
- Rendición de Cuentas Enero a Diciembre del 2008
- Indicadores de desempeño

n) Los viáticos, informes de trabajo y justificativos de movilización nacional o internacional de las autoridades, dignatarios y funcionarios públicos; Área Financiera.
o) El nombre, dirección de la oficina, apartado postal y dirección electrónica del responsable de atender la información pública de que trata esta Ley.
p) La Función Judicial y el Tribunal Constitucional, adicionalmente, publicarán el texto íntegro de las sentencias ejecutoriadas, producidas en todas sus jurisdicciones.
- No aplica
q) Los organismos de control del Estado, adicionalmente, publicarán el texto íntegro de las resoluciones ejecutoriadas, así como sus informes, producidos en todas sus jurisdicciones.
- No aplica
r) El Banco Central, adicionalmente, publicará los indicadores e información relevante de su competencia de modo asequible y de fácil comprensión para la población en general.
- No aplica
s) Los organismos seccionales informarán oportunamente a la ciudadanía de las resoluciones que adoptaren, mediante la publicación de las actas de las respectivas sesiones de estos cuerpos colegiados, así como sus planes de desarrollo local.
- No aplica
t) El Tribunal de lo Contencioso Administrativo, adicionalmente, publicará el texto íntegro de sus sentencias ejecutoriadas, producidas en todas sus jurisdicciones. La información deberá ser publicada, organizándola por temas, ítems, orden secuencial o cronológico, etc, sin agrupar o generalizar, de tal manera que el ciudadano pueda ser informado correctamente y sin confusiones.
- No aplica









